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SMV 🇵🇪 Nacional Exp. 2016044290 Vigente

Res. de Superintendencia Adjunta SMV N° 055-2017-SMV/10 · Seminario SAFM · Multa 1 UIT

Resolución del 19 de julio de 2017 Mercado de Valores
Sumilla
Seminario SAFM operó con patrimonio neto por debajo del capital mínimo 2015 y subsanó el déficit fuera de los plazos del art. 126 del Reglamento de FFMM. Infracción grave, pero por razonabilidad (reconocimiento, sin perjuicio, sin antecedentes) se impuso multa de 1 UIT (S/ 3 850), propia del rango de infracciones leves.
Ficha del caso
SancionadoSeminario SAFM
SanciónMulta
Multa1 UIT
Gravedad1 grave (sancionada con multa del rango de leves por razonabilidad)
Órgano resolutorSASP
Reglamento aplicadoCONASEV 055-2001
TipificaciónAnexo VII, num. 2, inc. 2.1 (Reglamento de Sanciones CONASEV 055-2001)
Normas infringidasart. 126 del Reglamento de Fondos Mutuos (Res. CONASEV 068-2010-EF/94.10); art. 260 LMV (capital mínimo)
Fondos involucradosNinguno (no administraba fondos públicos hasta la cancelación de su autorización)
Materia de la infracciónOtra (déficit patrimonial / capital mínimo)
AtenuantesReconocimiento expreso y por escrito de responsabilidad (art. 255.2.a TUO LPAG); contribución al esclarecimiento; sin antecedentes; sin perjuicio a inversionistas
Los hechos
Los EEFF intermedios al 31/03/2015 (presentados el 29/04/2015) mostraron un patrimonio neto de S/ 1 368 000, inferior al capital mínimo requerido para 2015 (S/ 1 397 827), configurando un déficit patrimonial de S/ 29 827. El aporte de capital para subsanarlo recién se depositó el 08/07/2015 (70 días después) y la inscripción del aumento de capital en SUNARP ocurrió el 07/08/2015 (100 días después), excediendo los plazos de 30 y 60 días del art. 126 del Reglamento. La SAF alegó demoras registrales y en transferencias del exterior; luego canceló su autorización (jun-2016) y entró en disolución.
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