SMV
🇵🇪 Nacional
Exp. 2021049012
Vigente
Res. de Superintendente N° 112-2023-SMV/02 · Interfondos SAF · Multa 13 UIT
Sumilla
Apelación contra multa de 26 UIT por 5 infracciones graves por excesos al límite de inversión de 15% en cinco fondos mutuos IF, revertidos recién a los 10-11 meses. El Superintendente declaró fundado en parte el recurso: el reconocimiento escrito era válido bajo el reglamento antiguo y la multa se graduó a 13 UIT.
Ficha del caso
SancionadoInterfondos SAF
SanciónMulta
Multa13 UIT
Gravedad5 graves
Órgano resolutorSuperintendente (RSUP)
Reglamento aplicadoCONASEV 055-2001
TipificaciónAnexo VII, num. 2, inc. 2.4 (x5)
Normas infringidasNormativa sobre criterios de diversificación y límites de inversión de fondos mutuos; art. 121 del Reglamento de Fondos Mutuos (plazos de regularización de excesos)
Fondos involucradosIF Cash FMIV; IF Extra Conservador FMIV; IF Libre Disponibilidad FMIV; IF Mediano Plazo FMIV; IF Oportunidad FMIV
Materia de la infracciónExceso/incumplimiento límites de inversión
RecursoApelación · Fundado en parte: se admite el reconocimiento y se reduce la multa de 26 UIT (S/ 107,900) a 13 UIT (S/ 53,950); vía administrativa agotada
AtenuantesReconocimiento expreso y por escrito de las 5 infracciones, admitido en segunda instancia (reducción de la multa al 50%)
Los hechos
Interfondos excedió el límite de inversión de 15% del patrimonio en cinco fondos mutuos bajo su administración (hechos anteriores a diciembre de 2018) y demoró la reversión de los excesos entre 10 y 11 meses, es decir 4-5 meses más allá del plazo máximo de 6 meses del art. 121 del Reglamento. En primera instancia (Res. SASP 007-2022) fue multada con 26 UIT. En apelación se determinó que su reconocimiento escrito de las 5 infracciones sí era válido bajo el Reglamento de Sanciones antiguo.
📄 Resolución original
Abrir en pestaña nueva ↗
Comentarios de la comunidad
0Sé el primero en comentar esta resolución.
§
Únete a la conversación
Inicia sesión con tu cuenta para comentar esta jurisprudencia y aportar a la comunidad.
Aún no hay comentarios
Inicia sesión para ser el primero en comentar.