SMV
🇵🇪 Nacional
Exp. 2021046376
Vigente
Res. Superintendencia Adjunta SMV N° 018-2022-SMV/10 · Independiente SAF · Multa 2.6265 UIT
Sumilla
EEFF intermedios e Informe de Gerencia del 4T-2020 de la propia SAF presentados con 11 días de retraso. Por antecedentes y afectación no mínima no cupo amonestación; la multa de 5.2530 UIT se redujo a la mitad (2.6265 UIT, S/ 11,556.60) por reconocimiento de responsabilidad.
Ficha del caso
SancionadoIndependiente SAF
SanciónMulta
Multa2.6265 UIT
Gravedad2 leves
Órgano resolutorSASP
Reglamento aplicadoSMV 035-2018
TipificaciónAnexo I, num. 3, inc. 3.1 (x2)
Normas infringidasarts. 2 y 5 de las Normas sobre preparación y presentación de EEFF y Memoria Anual (Res. SMV 016-2015)
Fondos involucradosInformación de la propia SAF; a la fecha administraba Independiente PMG FMIV, Independiente Conservador Dólares FMIV (sin operaciones), FIMO y FORGE (fondos de inversión régimen simplificado)
Materia de la infracciónInformación financiera/EEFF; Envío tardío de información a SMV
AtenuantesReconocimiento expreso de responsabilidad dentro del plazo de descargos (reducción de multa del 50%) y contribución al esclarecimiento
Los hechos
Independiente SAF presentó con 11 días de retraso sus estados financieros intermedios individuales y su Informe de Gerencia del 4T-2020 (límite: 15/02/2021; presentados: 26/02/2021). Alegó confusión por la derogación de los cronogramas ampliados COVID, argumento desestimado porque esa información no tuvo plazo ampliado. Reconoció responsabilidad, obteniendo reducción del 50% de la multa (de 5.2530 a 2.6265 UIT).
📄 Resolución original
Abrir en pestaña nueva ↗
Comentarios de la comunidad
0Sé el primero en comentar esta resolución.
§
Únete a la conversación
Inicia sesión con tu cuenta para comentar esta jurisprudencia y aportar a la comunidad.
Aún no hay comentarios
Inicia sesión para ser el primero en comentar.