SMV
🇵🇪 Nacional
Exp. 2024022827
Vigente
Res. Superintendencia Adjunta SMV N° 043-2024-SMV/10 · Interfondos SAF · Multa 3 UIT
Sumilla
Multa de 3 UIT (S/ 12,900) por comprar para dos fondos mutuos CDN del banco panameño Banistmo (inversión no permitida tras la lista UE de no cooperadores) y por no corregir a tiempo un exceso de participación (17.58%) de dos partícipes en IF I Renta 3Y Latam FMIV. El reconocimiento y la subsanación llevaron la multa muy por debajo del rango de graves.
Ficha del caso
SancionadoInterfondos SAF
SanciónMulta
Multa3 UIT
Gravedad1 grave + 1 leve (la parte resolutiva rotula ambas como graves, pero la sumilla y el análisis califican la segunda como leve)
Órgano resolutorSASP
Reglamento aplicadoSMV 035-2018
TipificaciónAnexo VII, literal A), num. 2, inciso 2.8 (inversiones no permitidas); Anexo VII, literal A), num. 3, inciso 3.4 (límites de participación) del Reglamento de Sanciones (Res. SMV 035-2018)
Normas infringidasArts. 113 inciso a), 121, 88 y 89 y Anexo I literal a) num. 3 del Reglamento de Fondos Mutuos (Res. CONASEV 068-2010); art. 248 LMV (participación máxima)
Fondos involucradosIF Oportunidad FMIV; IF XXVII Custodia Dólares FMIV; IF I Renta 3Y Latam FMIV
Materia de la infracciónExceso/incumplimiento límites de inversión
AtenuantesReconocimiento expreso e incondicional de responsabilidad, contribución al esclarecimiento y subsanación posterior al requerimiento de la SMV (art. 26 lit. a, b y c); sanción inferior al rango de graves por razonabilidad
Los hechos
Tras la inclusión de Panamá en la lista UE de países no cooperadores (25/02/2020), Interfondos compró en junio-julio 2020, a nombre de IF Oportunidad FMIV e IF XXVII Custodia Dólares FMIV, certificados de depósito de Banistmo S.A. (Panamá) mediante operaciones cruzadas entre fondos para generar liquidez: inversiones no permitidas y atribuibles, regularizadas recién al vencimiento de los títulos (28/10/2020), con unos 149 días de retraso. Además, dos partícipes aportantes fundadoras mantuvieron en copropiedad 17.58% del fondo IF I Renta 3Y Latam FMIV; el exceso de participación se subsanó el 04/11/2021, 45 días después del vencimiento del plazo de 2 años.
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