SMV
🇵🇪 Nacional
Exp. 2013027459
Vigente
Res. de Superintendente N° 036-2016-SMV/02 · Promoinvest SAF · Multa 4 UIT
Sumilla
Apelación de Promoinvest contra la multa de 4 UIT impuesta por mantener casi 9 meses un exceso de inversión en acciones VOLCABC1 en su fondo Selectivo sin subsanarlo en el plazo legal de 6 meses. La Superintendente declaró infundado el recurso, confirmó la sanción y dio por agotada la vía administrativa.
Ficha del caso
SancionadoPromoinvest SAF
SanciónMulta
Multa4 UIT
Gravedad1 grave
Órgano resolutorSuperintendente
Reglamento aplicadoCONASEV 055-2001
Normas infringidasNormativa sobre criterios de diversificación y límites de inversión de fondos mutuos (exceso de inversión no atribuible no subsanado en el plazo de 6 meses, art. 251 LMV)
Fondos involucradosPromoinvest Fondo Selectivo FMIV
Materia de la infracciónExceso/incumplimiento límites de inversión
RecursoApelación · Infundado (confirma la multa de 4 UIT y agota la vía administrativa)
AtenuantesConsiderados en primera instancia: sin antecedentes en los 4 años previos, subsanación inmediata tras requerimiento, sin lesividad acreditada
Los hechos
El fondo Promoinvest Fondo Selectivo FMIV incurrió el 16/11/2011 en un exceso de inversión no atribuible en acciones VOLCABC1 (por alza de cotización), superando el límite de 15%. Promoinvest no subsanó el exceso dentro de los 6 meses (vencidos el 16/05/2012) y lo mantuvo hasta el 09/08/2012, corrigiéndolo recién ante requerimiento de la SMV (Oficio 3149-2012). Alegó decisión gerencial de rentabilidad; la SMV determinó que además el exceso generó pérdidas al fondo. La Res. SASP 009-2015-SMV/10 la sancionó con multa de 4 UIT (S/ 14,600), que apeló.
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