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SMV 🇵🇪 Nacional Exp. 2017006863 Vigente

Res. de Superintendencia Adjunta SMV N° 108-2017-SMV/10 · Seminario SAFM · Multa 5 UIT

Resolución del 8 de noviembre de 2017 Mercado de Valores
Sumilla
Ex SAFM que nunca designó Oficial de Cumplimiento PLAFT durante todo el periodo de vigencia de su autorización (feb 2015 - jun 2016), pese a estar obligada aunque no administrara fondos. Se le impuso multa de 5 UIT (S/ 19,250) por 1 infracción grave.
Ficha del caso
SancionadoSeminario SAFM
SanciónMulta
Multa5 UIT
Gravedad1 grave
Órgano resolutorSASP
Reglamento aplicadoCONASEV 055-2001
TipificaciónAnexo XIX, num. 2, inc. 2.8
Normas infringidasArt. 20, numerales 20.1 (penúltimo párrafo) y 20.3 de las Normas PLAFT (Res. CONASEV 033-2011-EF/94.01.1)
Fondos involucradosNinguno (nunca administró fondos; sin fondos inscritos en el RPMV)
Materia de la infracciónPLAFT
AtenuantesReconocimiento expreso de la infracción y contribución al esclarecimiento
Los hechos
Seminario obtuvo autorización de funcionamiento vigente desde el 20/02/2015 y debía designar Oficial de Cumplimiento a más tardar el 07/04/2015. Nunca lo designó durante toda la vigencia de su autorización (más de 1 año y 3 meses), hasta la cancelación de la autorización el 15/06/2016. Alegó que no administró ningún fondo y que hubo inconvenientes administrativos para formalizar un Oficial de Cumplimiento corporativo; la SMV rechazó que la falta de fondos exima de la obligación.
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