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SMV 🇵🇪 Nacional Exp. 2010021987 Vigente

Res. Superintendente N° 058-2016-SMV/02 · Promoinvest SAF · Multa 15 UIT

Resolución del 20 de abril de 2016 Mercado de Valores
Sumilla
Apelación de Promoinvest SAF contra la sanción de 26 UIT impuesta en 2012 por modificar irregularmente el reglamento de participación, usar promotores/colocador no autorizados (Tykhé) y aplicar rescates no regulados. La Superintendente declaró fundado en parte el recurso: cayó el cargo por modificación del reglamento de participación (infracción instantánea sin fecha determinada) y la multa se redujo a 15 UIT (S/ 52,500) por las dos infracciones restantes.
Ficha del caso
SancionadoPromoinvest SAF
SanciónMulta
Multa15 UIT
Gravedad1 muy grave + 1 grave (tras el recurso; originalmente 2 muy graves + 1 grave)
Órgano resolutorSuperintendente
Reglamento aplicadoCONASEV 055-2001
TipificaciónSubsistentes: Anexo VII, lit. A, num. 1.1 (muy grave) y Anexo VII, lit. A, num. 2.5 (grave); dejada sin efecto: Anexo I, num. 1.13 (muy grave) (Reglamento de Sanciones CONASEV 055-2001)
Normas infringidasart. 74 Reglamento de Fondos Mutuos (suscripción y rescate de participaciones); normativa sobre requisitos y condiciones de promotores
Fondos involucradosPromoinvest Selectivo FMIV
Materia de la infracciónReglamento de participación/prospecto; Rescates/suscripciones; Otra (promotores no autorizados/colocación por tercero)
RecursoApelación · Fundado en parte: deja sin efecto la infracción del Anexo I, num. 1.13 y las medidas correctivas; reduce la multa de 26 UIT a 15 UIT; agota la vía administrativa
Los hechos
En la Res. SASP 13-2012-SMV/10 se sancionó a Promoinvest con 26 UIT y medidas correctivas por: modificar el Reglamento de Participación del fondo Promoinvest Selectivo FMIV sin observar la normativa; usar a la empresa Tykhé Consultoría e Inversiones S.A.C. como colocadora de cuotas en Arequipa (promotores que no cumplían los requisitos, acreditado con facturas por 'administración de cartera de clientes'); y realizar rescates bajo modalidades no reguladas (rescates 'truncados' con extorno a la cuenta del fondo) con cargo a fondos de terceros. En apelación, la Superintendente estimó que la modificación del reglamento de participación es infracción instantánea (no continuada) y que no se determinó la fecha de comisión, dejando sin efecto ese extremo y sus medidas correctivas.
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