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SMV 🇵🇪 Nacional Exp. 2019008399 Vigente

Res. Superintendencia Adjunta SMV N° 44-2019-SMV/10 · Independiente SAFI · Absolución / Archivo

Resolución del 28 de noviembre de 2019 Mercado de Valores
Sumilla
Se declara que la SAFI incurrió en 2 infracciones graves PLAFT por presentar tarde los informes semestrales del Oficial de Cumplimiento (1S2016 y 1S2017), pero se archiva el procedimiento sin sanción por el eximente de subsanación voluntaria previa a la imputación de cargos.
Ficha del caso
SancionadoIndependiente SAFI
SanciónAbsolución / Archivo
Gravedad2 graves (declaradas, pero eximidas de sanción)
Órgano resolutorSASP
Reglamento aplicadoCONASEV 055-2001 (con aplicación retroactiva favorable del SMV 035-2018 en materia de subsanación)
TipificaciónAnexo XIX, num. 2, inc. 2.12 (x2) del Reglamento CONASEV 055-2001 (equivale al Anexo XVI, inc. 2, num. 2.10 del Reglamento SMV 035-2018)
Normas infringidasart. 29, num. 29.2 de las Normas PLAFT (Res. CONASEV 033-2011-EF/94.01.1)
Fondos involucradosNinguno específico (la SAFI no tenía fondos operativos en 2016 y el primer semestre de 2017; su primer fondo se inscribió el 24/04/2017)
Materia de la infracciónPLAFT; Envío tardío de información a SMV
AtenuantesSubsanación voluntaria antes de la imputación de cargos (aplicada como EXIMENTE de responsabilidad, art. 257.1.f TUO LPAG, por ser más favorable el régimen del Reglamento 035-2018); reconocimiento expreso de responsabilidad
Los hechos
Independiente SAFI presentó a la SMV los Informes Semestrales del Oficial de Cumplimiento del primer semestre de 2016 y 2017 fuera de plazo: el de 2016 debió presentarse hasta el 15/08/2016 y se remitió el 12/09/2016 (28 días de retraso); el de 2017 debió presentarse hasta el 15/08/2017 y se remitió el 19/10/2017 (65 días de retraso). Subsanó por iniciativa propia antes de la imputación de cargos y reconoció su responsabilidad.
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