SMV
🇵🇪 Nacional
Exp. 2021044306
Vigente
Res. SASP N° 047-2024-SMV/10 · MGI SAFI · Amonestación
Sumilla
Recurso de reconsideración contra la sanción de multa de 1.5 UIT por comunicación tardía de la designación del Comité de Inversión de un fondo. Se declaró fundado: la información ya era pública en el Reglamento de Participación inscrito, por lo que se dejó sin efecto la multa; quedaron firmes las 2 amonestaciones restantes.
Ficha del caso
SancionadoMGI SAFI
SanciónAmonestación
Gravedad3 leves (en la resolución original; el recurso dejó sin efecto 1 de ellas)
Órgano resolutorSASP
Reglamento aplicadoSMV 035-2018
TipificaciónAnexo I, num. 3, inc. 3.1 (Reglamento de Sanciones SMV 035-2018)
Normas infringidasRHI (Res. SMV 005-2014); Reglamento de Fondos de Inversión (Res. SMV 029-2014)
Fondos involucradosFondo Facilitador Renta Balanceada
Materia de la infracciónHechos de importancia; Envío tardío de información a SMV
RecursoReconsideración · Fundado (deja sin efecto la multa de 1.5 UIT; subsisten las 2 amonestaciones)
Los hechos
La Res. SASP 012-2022-SMV/10 sancionó a MGI SAFI con multa de 1.5 UIT (S/ 6,300) y 2 amonestaciones por 3 infracciones leves de presentación tardía de información eventual y periódica. MGI impugnó el extremo de la multa, referido al hecho de importancia sobre la designación de los miembros del Comité de Inversión del Fondo Facilitador Renta Balanceada (ocurrida el 11/03/2019, comunicada el 30/04/2019). La SASP verificó que esa designación ya era pública al constar en el Reglamento de Participación inscrito en el RPMV antes de la inscripción del fondo, y que el único partícipe era el accionista de la propia SAFI.
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