Noticia del mes: Las cooperativas de ahorro y crédito serán supervisadas por la SBS

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30 Jul | 2021

Autor: Fabian Osiris Flores Cornejo 

Con 91 votos a favor en primera votación y exonerándose de la segunda votación, el Congreso aprobó la norma que permitirá que las cooperativas de ahorro y crédito sean supervisadas por una superintendencia de entidades solidarias, que será creada al interior de la Superintendencia de Banca, Seguros y AF P(SBS).

La aprobación de la norma se produjo una semana después de que la iniciativa fuese aprobada por la Comisión de Producción del Parlamento.

Esta nueva división - bajo el nombre de Superintendencia Adjunta de Cooperativas - tendrá autonomía técnica, administrativa y económica, de acuerdo al texto aprobado.

A lo que se agrega que la elección del superintendente adjunto de cooperativas será a través de un concurso público por un plazo mínimo de cinco años.

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Grupo de Estudios de Derecho Corporativo conformado por estudiantes y profesionales de las carreras de Derecho, Administración, Economía y Finanzas de distintas universidades del país.

Entre los requisitos para acceder a tal concurso se pide experiencia mínima de cinco años en supervisión financiera o gestión de cooperativas. Esto último punto, cabe recordar que abre las puertas para que las cooperativas sean supervisadas por funcionarios del mismo sector algo que había sido criticado por la misma SBS.

Asimismo como ya lo habían anunciado, la SBS indicó que las cooperativas de ahorro y crédito deberán inscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito (Coopac) a partir del 1 de enero. La clasificación se dividirá en tres niveles. En el nivel 1 estarán las Coopac que tengan activos por hasta 600 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). En el nivel 2, las que posean ente 600 y 65 mil UIT, mientras que en el 3er nivel se agruparán las que presenten más de 65 mil UIT.

En ese contexto, cabe indicar que el superintendente adjunto de la SBS, destacó que el proceso tendrá un plazo de prórroga que se especificará en el reglamento de la norma. Las cooperativas que no se registren no podrán operar en el mercado.

El Registro Nacional permitirá a la SBS conocer cuántas Coopac existen y su real dimensión. Actualmente, no existe un registro formal e integral de estas entidades, por lo que no es factible determinar su número total a nivel nacional. Así, de las 671 Coopac conocidas e informada por Federación de Cooperativas de Ahorro y Crédito (Fenacrep) a diciembre del año 2017, solo 151 se encontraban supervisadas por dicha federación; y apenas 82 estaban afiliadas al referido gremio.

A partir del 1 de enero empieza la supervisión efectiva por parte de la SBS.

Fuentes:

  • Perú 21.
  • Gestión.pe.

Artículo originalmente publicado el 25/06/2018 en el Boletín N° 7 del Grupo de Derecho Corporativo de la Universidad Nacional Federico Villareal. 

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