Lo que debes saber sobre la numeración de llamadas y SMS comerciales

Lo que debes saber sobre la numeración de llamadas y SMS comerciales

Mediante Decreto Supremo N° 018.2026-MTC, publicado en el diario oficial El Peruano el 15 de setiembre de 2026 el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) aprobó una norma sobre numeración para llamadas y servicio de mensajes cortos (SMS por sus siglas en inglés) comerciales o publicitarios, la cual está compuesta por 4 capítulos, 15 artículos, 6 disposiciones complementarias finales, 1 disposición modificatoria y 4 anexos.

¿De dónde viene?

Es la norma reglamentaria que faltaba para aplicar el numeral 58.3 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, incorporado por la Ley N° 32323 (ampliación de la prohibición del SPAM), cuya Única Disposición Complementaria Final —luego modificada por el Decreto Legislativo N° 1723— encargó al Ejecutivo otorgar "numeración telefónica especial" a los proveedores para que los consumidores puedan identificar las llamadas y mensajes con fines comerciales. Se apoya además en la Ley de Telecomunicaciones (Decreto Supremo 013-93-TCC), su reglamento (Decreto Supremo  020-2007-MTC), el Plan Técnico Fundamental de Numeración (Resolución Suprema 022-2002-MTC) y el Reglamento de Gestión y Supervisión de la Numeración (Decreto Supremo 021-2004-MTC).

El núcleo: la serie 500

  • Se atribuye la serie no geográfica "500" como rango exclusivo para originar llamadas y SMS con información comercial o publicitaria. Formato: 500 XXX XXX.
  • Definición amplia de "información con fines comerciales y/o publicitarios": toda comunicación por llamada o SMS, hecha por el proveedor o por terceros que actúen por su cuenta o encargo, que tenga por objeto o efecto —directo o indirecto— promover, ofrecer, publicitar, posicionar o facilitar bienes, servicios, marcas, promociones o beneficios, así como captar consumidores.
  • Quedan prohibidos dos usos: destinar cualquier otra numeración distinta de la 500 a esos fines, y usar un mismo número 500 para identificar a dos o más proveedores simultáneamente.
  • El operador debe garantizar que el número sea visible de manera íntegra para quien recibe la comunicación, y responde por la correcta identificación, enrutamiento y trazabilidad en todos los puntos de interconexión.

Asignación y control del recurso

TemaRegla
Asignación inicialMáximo 5 bloques de 1,000 números, sin distinción del servicio o cantidad de líneas
Asignación adicionalSi supera 500,000 líneas en servicio: 1 bloque por cada 500,000. Si no las supera: 1 bloque
JustificaciónTasa de uso ≥ 70% del total asignado, acreditada con el reporte del Anexo II-A
Uso escalonadoDebe agotarse al menos el 70% de un bloque antes de usar otro
ReversiónBloques no utilizados en 12 meses quedan disponibles para revertir; se revierte bloque por bloque hasta que la tasa de uso no supere el 60%

La solicitud se tramita ante la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones (DGPPC) del MTC, que además lleva el nuevo Registro de Asignación de la Serie 500, publicado en la sede digital del MTC.

Obligaciones de reporte de los operadores

  • Mensual (primeros 5 días hábiles): asignación acumulada por proveedor, según Anexo I.
  • Semestral (primera quincena del mes siguiente): uso de la numeración, según Anexos II-A y II-B (este último para numeración ganada por portabilidad).

Fiscalización y sanciones

El MTC, mediante la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones (DGFSC), fiscaliza y sanciona los aspectos técnicos y operativos. La disposición modificatoria incorpora el numeral 27 al artículo 258 del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, tipificando como infracciones muy graves tres conductas del operador:

  1. Usar numeración de bloques nuevos sin haber empleado antes el 70% del bloque anterior.
  2. Cursar llamadas o SMS comerciales sin garantizar la correcta identificación, enrutamiento o trazabilidad.
  3. Cursar esas comunicaciones sin que el número 500 sea íntegramente visible para el usuario.

Vale precisar el reparto de competencias: esta norma obliga y sanciona a los operadores (empresas de telecomunicaciones), no a los proveedores que hacen el marketing; respecto de estos últimos, la Ley 32323 asigna la facultad sancionadora al INDECOPI.

Club Racing Perú

Plazos clave

  • 180 días calendario desde la entrada en vigencia para que los operadores se adecúen.
  • Trimestre siguiente al fin de ese plazo: acciones de difusión de la serie 500 hacia la ciudadanía.
  • 18 meses: el MTC debe evaluar el uso efectivo de la serie y decidir si mantiene, modifica o endurece las condiciones.
  • Se prevé también modificar el Plan Técnico Fundamental de Numeración por Resolución Ministerial, y la posibilidad de atribuir series adicionales a la 500 por la misma vía.

Anexos

Se tiene los anexos I (registro de asignación), II-A y II-B (reportes de uso, incluido el de portabilidad), III (fórmula de la tasa de uso: activos + suspendidos/baja + temporales + prueba de ingeniería + portados no retornados, sobre el total asignado) y IV (fórmula iterativa de reversión).

En términos prácticos, la norma convierte el prefijo 500 en una etiqueta obligatoria: si una llamada o SMS publicitario no llega desde un número 500, el operador que la cursa comete infracción muy grave, y el usuario obtiene una señal inmediata para identificar —y bloquear— ese tipo de comunicaciones.

PARA MAYOR INFORMACION ADJUNTAMOS EL DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA LA NORMA SOBRE LA NUMERACIÓN PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LLAMADAS Y MENSAJES DE TEXTO REALIZADOS PARA BRINDAR INFORMACIÓN CON FINES COMERCIALES Y/O PUBLICITARIOS.

Ver PDF
Academia 360
Deleyes Noticias
Autor en DELEYES · 479 artículos
Conocimientos de literatura, artes, cine y otras cosas más.