La Inmunidad Parlamentaria
El actual contexto de crisis política y el mal desempeño de los parlamentarios viene generando en la población un descontento contra las autoridades electas, a tal grado de cuestionar la inmunidad parlamentaria y eliminar esta prerrogativa con la Ley de Reforma Constitucional LEY Nº 31118 que modifica el artículo 93 de la Constitución. Es por ello que surge la interrogante si esta decisión tajante traerá efectos negativos en pro de intereses particulares, puesto que más allá de ser vista como un privilegio, que hasta hace poco gozaban los legisladores, debe ser entendida como la necesidad de garantizar la libertad y autonomía de los legisladores frente a los otros poderes del Estado.
Jorge Meléndez entiende por inmunidad parlamentaria a aquella garantía procesal penal de carácter político de la cual son titulares los cuerpos legislativos en un Estado, esto a favor de sus miembros de tal forma que estos, salvo flagrante delito, no puedan ser detenidos ni procesados penalmente sin la previa aprobación del parlamento. (Meléndez Sáenz, 2012)
Esta prerrogativa es propia de la función parlamentaria puesto que busca establecer medidas como prevención contra la persecución y el abuso del poder, que tiene por objetivo alterar el funcionamiento o la conformación del Congreso. Asimismo, el citado autor divide en dos la definición de inmunidad con respecto al tipo de protección que se puede brindar al parlamento.
Como primera definición esta la inmunidad en sentido estricto, el cual se refiere a la protección brindada para evitar el procedimiento penal directo por los hechos que no hayan sido cometidos en el ejercicio de su función como parlamentarios, que abarca desde el primer día de su elección hasta el término de su periodo legislativo. La segunda definición que brinda el autor es la inviolabilidad, que es la protección de las expresiones realizadas por el legislador, es decir, la prerrogativa libre de cargo penal por el cumplimiento de sus funciones.
Del mismo modo, Latorre Boza en su estudio de la Inmunidad Parlamentaria afirma que esta prerrogativa parlamentaria se puede entender en dos sentidos, uno de manera amplia y otra de modo estricto. El primer sentido es la inviolabilidad, que es entendida como un derecho inherente a la condición parlamentaria, razón por la cual se confiere a congresistas protección contra acciones judiciales que pueden ser generadas por el gobierno de turno o por grupos con intereses particulares que de cierta manera van a perjudicar a los funcionarios. El segundo sentido, es la inmunidad parlamentaria entendida de forma estricta, ya que consiste en la protección de los derechos de los parlamentarios, puesto que no podrán ser detenidos ni procesados sin el previo consentimiento del Congreso, salvo en situación de flagrancia. (Latorre Boza, 2008)
Ahora bien, teniendo en cuenta las definiciones de los autores citados con respecto a la Inmunidad Parlamentaria, se entiende que es un instrumento de protección a favor de los congresistas para el buen cumplimiento de sus labores parlamentarias, y con ello puedan satisfacer las demandas y necesidades de la población, del cual son representantes.
Este instrumento surge con el nacimiento del Parlamento Ingles dado que se tenía la necesidad de protección ante un contexto de disputas entre el parlamento y el rey de Inglaterra, tal como lo sostiene Hans Kelsen. Esta lucha por limitar el poder político del monarca se desarrolla en los años 1199-1216 en el reinado de Juan Sin Tierra, puesto que este rey tiene la enemistad de los nobles por conflictos tanto internos como externos; externos por el enfrentamiento con Felipe II de Francia y a consecuencia de ello la perdida de Normandía, en los conflictos internos está la imposición de impuestos a los nobles y el enfrentamiento con la iglesia. Motivos por los cuales el rey se ve obligado a firmar La Carta Magna en 1215 que estableció las bases de un sistema democrático insipiente. Uno de los aspectos más importante de este documento es el Debido Proceso de los miembros del parlamento, es decir, ser Juzgados por sus pares. Esta Carta Magna considerada como la madre de todas las constituciones, tiene por objetivo defender los intereses de los señores feudales frente al poder monárquico que era ejercido de manera arbitraria y absorbente. Logrando limitar el poder político del rey que queda sujeto a las normas establecidas por el ya mencionado documento.
Sin embargo, como estos parlamentos eran insipientes y, por ende, se dio la necesidad de la consolidación del mecanismo de la Inmunidad Parlamentaria, es así que recién en 1689 con el Bill of Rights que en sus inicios solo cubría el impedimento de arresto, y cito al Artículo IX del documento mencionado “las libertades de expresión, discusión y actuación en el Parlamento no pueden ser juzgadas ni investigadas por otro parlamento”. Cabe rescatar que el Bill of Rights consolida la limitación del poder absoluto del rey, dando imperio a la ley por encima de todo. Por tanto, el único representante de los ingleses es el parlamento inglés y, en consecuencia, el poder político recae en la nación. (Cordero Molina , 2019).
Conclusión:
Ahora bien, frente a la pugna entre los poderes Legislativo y Ejecutivo por el poder político, este mecanismo de inmunidad parlamentaria funciona como una salvaguarda para las decisiones que adopta el Congreso frente al público en general, y/o frente al ejecutivo.
Por otro lado, esta prerrogativa viene siendo cuestionada y desvalorada por diversos sectores de la sociedad, problema originado por el mal desempeño que viene arrastrando el Congreso de la República y que se ve reflejado en el descontento de la población, ya que este derecho perteneciente al legislador ha sido utilizado para evadir el juzgamiento de sus actos delictivos y carentes de ética.
En ese sentido, si bien consideramos que la eliminación de la prerrogativa ha satisfecho a la población en general, la eliminación de la misma, ha dejado sin una valiosa protección a los congresistas cuando adopten decisiones contrarias a las posiciones del poder ejecutivo, o los intereses de sectores específicos de la población.
Bibliografía
- Cordero Molina , S. (2019). El Poder de las Inmunidades: el problema de las Impunidades en el Ordenamiento Jurídico Costarricense. Tesis de Grado para optar el título de Licenciado en Derecho, Sede Rodrigo Facio, Universidad de Costa Rica.
- Latorre Boza, D. (2008). Inmunidad Parlamentaria . Derecho & Sociedad , 163 - 164 .
- Meléndez Sáenz, J. M. (2012). La Inmunidad Parlamentaria: Notas características de su real significado. . Lima.