Crónica de taller: “Crónica del taller de Sociedades Anónimas – Sesión N° 01”
Autores: Edson Domingo Navarrete Torres
Dayana Tori Lerzundi
El 26 de mayo del presente año, se realizó la primera sesión del taller anual del Módulo Societario, con el tema “Introducción al Derecho Comercial”, el mismo que fue expuesto por el ponente Miguel Ángel Pérez, reunión en la que se dio una visión evolutiva y general del derecho comercial, así como su vinculación con la sociedad.
Partiendo desde las civilizaciones antiguas de los fenicios, Egipto y Mesopotamia, el derecho comercial no existía como tal aun, sino que la vida en sociedad y sus actividades estaban basadas en costumbres y reglas de cada cultura.
Llegamos a Grecia y se empiezan a originar las asociaciones de gremios de comerciantes, generándose reglas aplicables entre ellos.
Posteriormente se analizó Roma y se concluyó que todos los aspectos relacionados al comercio eran resguardados por el derecho civil.
Iniciada la Edad Media, cae el Imperio Romano, comienza el feudalismo, y con este acontecimiento, se da estreno al comercio entre ciudades feudales, haciéndose popular con el paso del tiempo, y debido a la falta de regulación, se da la "auto reglamentación" a fin de poner ciertos límites de cuidado a las actividades comerciales. Llegando a la concretización de los primeros "estatutos" para la época, es por ello que la mayoría de doctrinarios reafirman que el surgimiento del derecho comercial es en la edad media.
Ya en la edad moderna con la consolidación del estado-nación, los estatutos fueron reemplazados por leyes de rango general emitidos por los soberanos.
Desde este momento se cambia el criterio subjetivo por el cual solo se abarca al comerciante y se pasa al criterio objetivo tomando en cuenta el acto de comercio.
En la edad contemporánea, con la revolución industrial se masifica el comercio a gran escala, por tal motivo se hizo necesaria una normativa que lo regule.
En el siglo XX se ven los frutos del socialismo con respecto al auge de normas de protección al consumidor, así también el gran interés que el Estado tomó en el comercio.
Es así que, se recalcó en la sesión también, que con la aparición de la globalización, se pudo apreciar una necesidad de aplicación del derecho comercial a nivel internacional. Naciendo así normas de aplicación internacional e inclusive se creó el UNCITRAL.
Ya llegada la actualidad de nuestro entorno, se nota el realce de la empresa, como la unidad por excelencia de producción de bienes y servicios. Y debido a que se da un fenómeno empresarial, hemos caído en querer denominarlo Derecho Empresarial, queriendo enmarcarla en una rama de ámbitos tan amplios que es por no decir imposible, casi impredecible; pero es un punto a discutir y disfrutar.
Por lo que si se aclaró que lo que regula el derecho comercial es el comercio y todos los elementos y fenómenos que lo componen, el derecho empresarial no tan solo supondría la rama de derecho comercial, sino también civil, laboral, tributario, propiedad intelectual, entre otras.
Fue así que terminando casi la sesión, nuestro ponente hizo una remembranza de como el desarrollo del comercio trajo consigo posteriormente el surgimiento de la “sociedad”, a base de la necesidad de las personas de colaborar unas con otras para financiarse, medir riesgos y limitar responsabilidades, dando origen en el tiempo a la personalidad jurídica.
Artículo originalmente publicado el 25/06/2018 en el Boletín N° 7 del Grupo de Derecho Corporativo de la Universidad Nacional Federico Villareal.