Resumen de tesis: “La responsabilidad por obligaciones laborales en los grupos de sociedades”
Autor: Carlos Alfredo Martinez Alvarez
Reseña
En esta oportunidad se reseñará la tesis “La responsabilidad por obligaciones laborales en los grupos de sociedades”, elaborada por el abogado Carlos Martinez, egresado de nuestra casa de estudios, la Universidad Nacional Federico Villarreal. En dicha investigación, el autor busca determinar el tipo de responsabilidad que existe por las obligaciones de naturaleza laboral dentro de los grupos de sociedades, debido a las divergentes posturas que existen en nuestro medio.
Así, según explica el autor, para la jurisprudencia peruana existe en estos casos una responsabilidad solidaria entre todas las sociedades que integran un grupo; sin embargo, a nivel doctrinario se asume mayoritariamente que esta responsabilidad solo debe establecerse cuando se demuestra un uso abusivo o fraudulento de las sociedades que lo integran.
Para dar solución a este problema, el autor analiza nuestro sistema societario y laboral, pero bajo la óptica de un Derecho de la empresa visto en su real dimensión. ¿Por qué en su real dimensión? Según advierte el autor desde el inicio de su investigación, no debe confundirse las figuras de la empresa y la sociedad anónima, ya que una es eminentemente económica, y la otra, por obvias razones, es esencialmente jurídica. De acuerdo al autor, confundir estas figuras, como lo hace nuestra doctrina y jurisprudencia, genera varias complicaciones al momento de abordar los problemas que suscitan los grupos de sociedades en el universo del Derecho. Sobre esta base, el autor manifiesta que los grupos de sociedades representan un muy interesante pero a la vez altamente problemático encuentro entre una realidad económico-social y muchas realidades jurídicas, que conjugan, aunque pueda parecer en un inicio contradictorio, lo unitario con lo plural como dos caras de una misma moneda. Donde lo unitario es la empresa ––realidad económica––, y lo plural son, por lo general, las sociedades anónimas ––realidades jurídicas–– que integran el grupo. Donde lo unitario implica la dirección que ejerce la sociedad dominante respecto de las dominadas, como partes de una sola empresa, y lo plural exige que se respete, pese a tal situación, la autonomía jurídica de cada una. A lo largo de los diferentes capítulos de la tesis objeto de reseña, se entrelazan y armonizan los fundamentos y principios del derecho societario y laboral. El primero, debido a que los grupos se erigen como nuevo hito en la economía mundial, rompiendo la idea que existía en torno a la autonomía jurídica de las sociedades anónimas y la efectiva correspondencia de estas con la empresa.
Por su lado, según señala el autor, el derecho laboral nos permitirá apreciar que el trabajador es parte fundamental en toda empresa, de ahí, que cualquier análisis de la relación de trabajo no deba partir del sujeto de derecho con quien este se vincula jurídicamente; por el contrario, exige que tal análisis tome como punto de partida la realidad económica que subyace a esta relación jurídica: la empresa. De este modo, ante la pregunta planteada como problema: ¿Cuál es del tipo de responsabilidad por las obligaciones laborales de las sociedades que integran un grupo?, el autor construye su postura bajo el siguiente enfoque. En principio, descarta la responsabilidad solidaria de todas las sociedades del grupo, pues, según detalla, este fenómeno empresarial se legitima en el ejercicio de derechos como la libertad de empresa y propiedad. La sola existencia del grupo no determina la responsabilidad solidaria de todas las sociedades que lo integran; necesita evidenciarse un uso de las sociedades contrario a los principios que inspiran a nuestro ordenamiento.
Artículo originalmente publicado el 31 de diciembre de 2018 en el Boletín Informativo N° 12 del Grupo de Derecho Corporativo (GDC).