Notificación electrónica en procedimientos administrativos

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05 Jun | 2021

Introducción

La pandemia del covid-19 ha provocado cambiado radicales en la forma como interactuamos con el mundo, digitalizando la forma en como nos desarrollamos en nuestros entornos laborales y sociales. 

Esta situación nos ha llevado a que limitemos nuestra movilidad ante el temor que podamos contraer el virus. Ante la necesidad de que la Administración Pública pueda seguir funcionando ante la necesidades y necesidades y obligaciones de un administrado la figura de la notificación electrónica ha tomado mayor relevancia. 

En el presente artículo veremos la notificación electrónica la conceptualización de la notificación electrónica, la forma como esta de desarrolla entornos a determinados principios que se deben tener en cuenta para que cumple su objetivo de eficacia y cuáles son los tipos de notificación electrónica que se encuentran presente actualmente. 

Conceptos generales

La notificación electrónica, es una figura que ha evolucionado de su forma física y convencional a una notificación producida a través medios electrónicos. Esta transformación permite a la Administración obtener una mayor celeridad y eficacia en los procesos administrativos, siempre que presente determinados requisitos para su efectividad. 

Para Morón Urbina (2019) la notificación electrónica «aquella efectuada por medios electrónicos y que por su naturaleza es alternativa a la notificación física, sujeta a ciertos presupuestos y condiciones física» (2) . Pero esta no solo debe ser observada por el medio en que se desarrolla, sino como afecta a la Administración Pública, dotándola de una mayor celeridad en la realización de los procedimientos y un ahorro recursos, que se observan en la eliminación del papel y de la utilización servicios de notificación. 

Para Barrios Salinas & Rojas Bohórquez (2016), refieren que el uso de la notificación electrónica respecto de la física permite una mayor durabilidad, seguridad e invariabilidad del documento a notificar, además que el uso del internet dota de una mayor publicad del documento, una reducción de en su costo y permite el uso de la firma electrónica. (3). Este concepto nos señala el aumento a la seguridad jurídica se presenta este tipo de notificación como una mayor certera en poder verificar lo enviado por la Administración, así como que el administrado lo recibió. 

Respecto del administrado, esta notificación permite acrecentar el grado de igualdad de oportunidades de acceso a ciertos derechos, siendo indistinto el lugar en que se encuentre, sino solo se necesitara poder tener conexión a internet. 

Tipología de notificación electrónica

La notificación electrónica actual es concedida por medio del uso de internet como herramientas idóneas para la notificación que pueden ser el correo electrónico o la casilla electrónica. 

a) El correo electrónico para Cubero Marcos (2017), es una herramienta de internet empleada cotidianamente por las personas, la cual puede ser aprovechada por la Administración Pública para certificar la emisión, recepción y acceso de las notificaciones (4). Para que este medio tenga validez, el administrado debe de emitir una respuesta que asegure que ha recibido la notificación o esta debe generarse de manera automática por la plataforma. En la situación de no obtener alguna respuesta se procederá a una notificación física al administrado, posterior a los dos días hábiles de recibido en el buzón electrónico. 

La notificación mediante correo electrónico requiere de la expresión de voluntad del administrado para que surja efecto. Esta notificación solo será válida para un proceso en concreto, imposibilitando el correo sea utilizados para otros procesos. Según menciona la doctrina se puede presentar una salvedad en este caso, en cuando el administrado responda que recibió correctamente la notificación, presentándose una situación de aceptación tácita de este medio. 

b) Las casillas electrónicas son el otro medio por el que se puede dar la notificación electrónica, este instrumento es definido por Morón Urbina (2017) como una cuenta electrónica que contiene un buzón seguro en el que se puede recibir comunicación y notificaciones de una entidad administrativa (5). Cabe mencionar que las casillas electrónicas son proporcionadas por las entidades públicas, mediante un usuario y una contraseña. 

Requisitos de la notificación electrónica 

La notificación electrónica brinda eficacia al acto administrativo desde su entrega al administrado siempre que esta cumpla con los siguientes requisitos: 

a) El medio electrónico permita constatar que el administrado recibió la notificación. Los medios electrónicos que se utilicen para la notificación deben ser capaces de emitir un mensaje de respuesta para la administración que constate que se le ha notificado de manera efectiva. 

b) El medio electrónico permita comprobar que el administrado fue quien recibió la notificación. En este requisito la Administración Pública solo tomara mayor relevancia en el caso de que utilice las casillas electrónicas, ya que la entidad es quien proporciona el usuario y la contraseña y debe tomar las medidas necesarias para comprobar que el administrado a quien se le está dando acceso. 

c) El administrado haya solicitado que se lo notifique por este medio. Este elemento a mi consideración es una de los más importante, ya que la notificación electrónica no está presentada de manera obligatoria, sino de manera subsidiaria siendo que esta debe acomodarse a las necesidades del administrado.

Principios de la notificación electrónica 

a) Principio de igualdad: La notificación electrónica debe ser capaz llegar de la misma forma entre todos los administrados sin ser afectado por algún un carácter socioeconómico o territorial. 

b) Principio de económica procesal: La notificación electrónica ha permitido desarrollar una reducción en los actos procesales ocasionados para la notificación, ya que no será necesario la coordinación con alguna entidad para su notificación por la ubicación del administrado y tampoco ante el servicio de notificación. Esto solo se observa un ahorro en el número de actos procesales, sino que un de los elementos más resaltando es que no se utiliza el recurso del papel para poder enviar la documentación a notificar. 

c) Principio del debido procedimiento: La notificación electrónica debe brindar todas las garantías necesarias para que esta sea efectiva y le de validez a los actos a comunicar por la Administración. Esta garantía se basa en que el administrado haya solicitado que se le notifique por este medio, y a su vez el administrado pueda comprobar que ha recibido lo notificado en su buzón. 

d) Principio de celeridad: La notificación electrónica, propia de su naturaleza, se realiza de manera inmediata al administrado, evitando que surja alguna demora ocasionada por la utilización de un servicio de notificación. 

e) Principio de eficacia: Una notificación electrónica busca dar una validez jurídica a los actos administrativos que están presentando. Su naturaleza especial no hace, sino que aumentar esta eficacia, ya que es más certera su verificación de recibida por parte del administrado ante los medios electrónicos. 

Conclusiones:

  • La notificación electrónica ha tomado mayor relevancia para la Administración Pública productos al proceso de digitalización acelerada que venimos afrontando por la pandemia. Suceso busca beneficiar al administrado para que pueda accionar de manera remota. 
     
  • Se debe tener en cuenta que la implementación de la notificación electrónica se está dando manera gradual y no es obligatoria por el momento. Actualmente está cumple con un rol complementario y subsidiario a la notificación convencional. Dado que depende de la voluntad del administrado para ser utilizada y que esta debe de adecuarse a las necesidades del administrado. 
     
  • Si bien en Perú actualmente contempla el uso de un correo electrónico o de una casilla electrónica el Estado debería tener como meta futura la creación un buzón universal para cada ciudadano que concentre todas las notificaciones de la Administración Pública. 
     
  • La notificación electrónica debe ser utilizada de manera exclusiva para un proceso en concreto, para ello debe buscarse la manera de que el administrado otorgue con su consentimiento ante este medio. Pero normativa peruana ofrece un remedio ante esta situación cuando se notifica por correo electrónico, que es la de dar dentro de los dos días hábiles de ser notificado, otorgando una aceptación tácita de esto.

Citas y bibliografía

  • Egresado de la Universidad Peruana Los Andes. Miembro Principal del Taller de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales “Alberto Ulloa Sotomayor” de la UNMSM y Miembro de la Comisión - Administrativo y Tributario de Blog Legal.
  • Morón Urbina, J. C. (2019). Comentarios a la Ley del Procedimiento Administrativo Tomo I. Lima: Gaceta Jurídico S.A., 2019, p.p. 296
  • Barrios Salinas, R. P., & Rojas Bohórquez, D. F. (2016). Fortalezas y deficiencias de la notificación electrónica en el procedimiento administrativo, 2016, p.p. 10 y 11
  • Cubero Marcos, J. I. (2017). ¿Son válidas las notificaciones practicadas mediante correo electrónico? Revista de Administración Pública, 2017, p.p. 133.
  • Morón Urbina, J. C. (2019). Comentarios a la Ley del Procedimiento Administrativo Tomo I. Lima: Gaceta Jurídico S.A., 2019, p.p. 391

 

 

* Artículo recibido el 28/05/2020
Artículo publicado el 05/06/2021

Rudy Dios


Egresado de la Universidad Peruana Los Andes. Miembro Principal del Taller de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales “Alberto Ulloa Sotomayor” de la UNMSM y Miembro de la Comisión - Administrativo y Tributario de Blog Legal.

Rudy Dios


Egresado de la Universidad Peruana Los Andes. Miembro Principal del Taller de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales “Alberto Ulloa Sotomayor” de la UNMSM y Miembro de la Comisión - Administrativo y Tributario de Blog Legal.