Noticia del mes: SMV modificó el Reglamento de Fondos Mutuos
Autora: Stephany Pariona Ccapcha
El pasado 31 de octubre, la SMV publicó la Resolución SMV N° 130-2018-SMV/02 (la Resolución), por la cual se aprobó nuevas modificaciones al Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores (RFM), que entraron en vigencia el 01 de noviembre. Esta última modificación introduce cambios que promueven el ingreso de un mayor número de inversionistas y mejoran la competitividad de la industria de Fondos Mutuos.
Se destaca entre los principales cambios, el reconocimiento como Custodios autorizados a las Instituciones de Compensación y Liquidación de Valores autorizadas por la SMV para operar como tal; actualmente CAVALI ICLV S.A.; y establece de forma adicional a las funciones ya reguladas para el Custodio, que éste también podrá llevar a cabo el servicio de contabilidad de los fondos mutuos, así como realizar la valorización de las cuotas de los fondo mutuos.
Otra novedad que incluye la Resolución es la regulación de la figura del Distribuidor, encargado de la distribución de cuotas de participación de fondos mutuos, que podrá ser realizada por agentes de intermediación, sociedades administradoras de fondos mutuos y de fondos de inversión y las empresas de operaciones múltiples a las que se refiere el artículo 16° de la Ley de Bancos registradas en el Registro Público del Mercado de Valores. Asimismo, se establece los requisitos y obligaciones que deben cumplir las personas jurídicas para desempeñar la actividad de distribución de cuotas de participación de fondos mutuos; y se ha regulado la posibilidad de administrar cuentas globales para registrar a los partícipes del fondo mutuo.
Por otro lado, la Resolución establece que las sociedades administradoras pueden contratar Gestores Externos que brinden el servicio de gestión de los activos del fondo, pero manteniendo la responsabilidad de la gestión y cumplimiento de obligaciones. Este servicio comprende la toma de decisiones de inversión y desinversión de las operaciones del fondo.
Finalmente, la Resolución introduce al RFM el Régimen de Fondos Mutuos dirigidos exclusivamente a Inversionistas Institucionales y reconociendo las características propias de los inversionistas a los que va dirigida esta oferta pública, la SMV les ha otorgado reglas flexibles en términos de inscripción, modificación, participación y gestión de inversiones, entre otras excepciones al régimen general. Estos fondos son de registro automático y no les resulta de aplicación los criterios de diversificación, los límites de inversión en instrumentos derivados, el límite de endeudamiento, para satisfacer las necesidades temporales de liquidez, ni el límite de participación máxima que pueden tener los partícipes en el patrimonio del fondo. Asimismo, el patrimonio neto de estos fondos mutuos no tiene que ser considerado para la determinación del importe a constituir garantías a favor de la SMV.
Artículo originalmente publicado el 31 de octubre del 2018 en el Boletín N° 11 del Grupo de Derecho Corporativo.