JORNADA DE TRABAJO EN MENORES DE EDAD
15 Apr | 2021
La jornada de trabajo en menores de edad se encuentra regulada en el Código del Niño y del Adolescente - Ley 27337.
Conforme lo dispone esta norma, excepcionalmente y con autorización del Ministerio de Trabajo, adolescentes de 12 a 17 años pueden laborar para un empleador, siempre que las actividades que realicen no afecten su integridad física, emocional y se le permita asistir a su centro de estudios.
Asimismo, de acuerdo a su edad, la jornada de trabajo máxima de los adolescentes se establece de la siguiente manera: (i) de 12 a 14 años de 4h diarias o 24h semanales y (ii) de 15 a 17 años de 6h diarias o 36h semanales.
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