Incentivos fiscales para el uso de energías renovables

2 5 min PDF
18 Mar | 2022

Por Patricia Cozzo Villafane 

INTRODUCCIÓN

Los usos irresponsables de los recursos de la naturaleza hizo que fuera necesario pensar en un sistema relativo a la energía sostenible. Esto es aquella que puede ser utilizada sin comprometer a las generaciones futuras y su derecho a la satisfacción de sus necesidades, o sea que se trataría de aquella que no se agota con el uso.

MEDIDAS DE CARÁCTER ECOLÓGICO

En el presente trabajo voy a referirme a algunas normas de la ciudad de Buenos Aires que se refieren específicamente a cuestiones de carácter ecológico y tratar de ponderar si las mismas contienen disposiciones de carácter fiscal en lo que se refiere.

Para abordar estas cuestión voy primero a referirme a algunas cuestiones que hacen a la constitución política de la Ciudad de Buenos Aires. Esta ciudad se puede decir que es sui generis ya que si bien nuestra Constitución Nacional la asimila a una provincia ya que puede dictar su propia constitución. Pero no obstante ello no lo es. Cuenta con facultades de tipo legislativa acerca de sus tributos locales y otra clase de tributos como lo son por ejemplo el impuesto sobre los ingresos brutos y sellos que son impuestos provinciales. Es parte de una de las jurisdicciones en el marco de la ley de Convenio Multilateral. Esta característica que acabo de mencionar es reconocida en fallos acerca del análisis jurídico de la Ciudad de Buenos Aires donde manifiesta que no se trata de una provincia y que por lo tanto no le corresponde en los litigios en los que es parte la jurisdicción originaria ya que no se trata de una Provincia conforme el fallo “Rodriguez Héctor” 325:3999.

USO RACIONAL DE ENERGÍA

Se encuentra regulada en la ley 3246 de 2009. Con esta norma se busca optimizar el uso de la energía para de esta manera disminuir la emisión de dióxido de carbono y los gases de efecto invernadero. Por medio de estas normas se busca el compromiso con políticas públicas que tengan por finalidad el llevar adelante las agendas políticas venideras del 2030.

Esta agenda es una misión global y por lo tanto debe involucrar a todos los actores de una sociedad. Esto no es solo los individuos entre sí. Sino que al hablar de políticas públicas significa que el Estado debe ser parte de esto. Es más me atrevería a decir que los estados ya sea por medio de acuerdos globales, bilaterales arribar a acuerdos para que de conformidad con ello los estados dicten medidas de acción positiva para arribar estas cuestiones.

Esta organización política es muy importante porque es desde ese lugar que corresponde establecer la metas de reducción del gasto de energía. Sino también medir los gastos en cada edificio y de esta manera poder llevar adelante una medición y un programa de capacitación para de esta forma alcanzar metas en lo que reducción del gasto de energía se refiere. Si bien esta norma nada dice acerca de energías renovables pero si habla acerca de la optimización del gasto sin establecer tampoco medidas de carácter tributario.

Si existen leyes que hablan acerca del alumbrado público utilizando la energía solar como por ejemplo lo es la ley 3635. Esta norma habla acerca de la captación de la energía solar para generar energía eléctrica y a través de su uso poder calefaccionar ambientes y generar agua caliente. Busca utilizar energías renovables y así poder disminuir la producción de gases de efecto invernadero.

También contempla la posibilidad de que las autoridades puedan establecer medidas de carácter fiscal.

CONCLUSIONES

Mediante las normas jurídicas se pueden establecer políticas públicas y por este medio establecer medidas para evitar que el uso de la energía actual afecte y comprometa las generaciones futuras y así poder cumplir con la agenda mundial establecida en lo que a medio ambiente se refiere. Ya que se hace menester buscar la protección del medio ambiente y a su vez proteger la economía mediante los acuerdos de libre comercio. 

Autor: Patricia Cozzo Villafane 

Abogada, Especialista en Tributación Local por la Universidad de Tres de Febrero. Diplomada en Gestión de Políticas Públicas Provincial. Secretaria del Instituto de Derecho Tributario del Colegio de Abogados de Morón. Miembro del Instituto de Derecho Tributario de la FACA. Miembro del Observatorio de Derecho Penal Tributario de la UBA Miembro de la Asociación de Justicia Constitucional. Miembro de CIDEC capítulo Argentina. Miembro de la Academia Nacional de Letras. Miembro Honoraria de la Orden de la Abogacía Colombiana. Miembro honorífica de ABRACRIM (abogados criminalistas de Sao Paulo). Investigadora. Ex docente Universitaria. Conferencista. Autora de publicaciones en Argentina y otros países.   

REVISTA BOLIVIANA DE DERECHO AMBIENTAL


Somos una plataforma digital para contribuir al Derecho Ambiental, Derecho Ecológico, cambio climático, y todo artículo relacionado con ramas técnicas que contribuyen a la protección de derechos ambientales y derechos de la madre tierra. Nos interesa generar un espacio de identificación de precedentes, difusión de información relevante para todos los que tenemos el compromiso de apoyar a la calidad ambiental.

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