Fiscalizadores en la puerta: qué pueden exigirte y qué no

Fiscalizadores en la puerta: qué pueden exigirte y qué no

Ante una inspección municipal inopinada, conocer los derechos propios es lo que separa una visita de rutina de una multa grave o una clausura indebida. El acta inicia el procedimiento sancionador, pero muchas resoluciones pueden anularse por errores legales o abusos de procedimiento, conforme a la Ley N.° 27444.

Tres reglas de oro durante la visita

  1. Exige credencial y orden. El inspector debe mostrar su identificación oficial y la orden municipal.
  2. Graba todo. Tienes derecho a acompañar la visita y tomar fotos, videos o audios como respaldo.
  3. Firma con observaciones. Si discrepas, nunca te niegues a firmar: anota tus quejas en el casillero de observaciones.

Lo que sí pueden hacer

  • Revisar aforo, extintores, señalización y rutas de evacuación.
  • Recorrer zonas operativas y de atención al público.
  • Pedir licencia, Defensa Civil (ITSE), fumigación y Libro de Reclamaciones.

Lo que no

  • Cobrar multas o dinero en efectivo al instante.
  • Clausurar sin justificación técnica en el acta.
  • Pedir contabilidad, finanzas o contratos laborales.

Y el dato que más se pasa por alto: desde la visita corren cinco días hábiles para presentar los descargos técnicos. Pasado ese plazo, la discusión deja de ser sobre los hechos y pasa a ser sobre la sanción.

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Matayoshi & Asociados
Asesoría legal integral · 10 artículos
Estudio legal en Lince, Lima. Excelencia técnica con trato humano, con asesoría integral en quince áreas del derecho. Publica la revista IUS Jurídica y boletines informativos para empresas.
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