Fiscalizadores en la puerta: qué pueden exigirte y qué no
Ante una inspección municipal inopinada, conocer los derechos propios es lo que separa una visita de rutina de una multa grave o una clausura indebida. El acta inicia el procedimiento sancionador, pero muchas resoluciones pueden anularse por errores legales o abusos de procedimiento, conforme a la Ley N.° 27444.
Tres reglas de oro durante la visita
- Exige credencial y orden. El inspector debe mostrar su identificación oficial y la orden municipal.
- Graba todo. Tienes derecho a acompañar la visita y tomar fotos, videos o audios como respaldo.
- Firma con observaciones. Si discrepas, nunca te niegues a firmar: anota tus quejas en el casillero de observaciones.
Lo que sí pueden hacer
- Revisar aforo, extintores, señalización y rutas de evacuación.
- Recorrer zonas operativas y de atención al público.
- Pedir licencia, Defensa Civil (ITSE), fumigación y Libro de Reclamaciones.
Lo que no
- Cobrar multas o dinero en efectivo al instante.
- Clausurar sin justificación técnica en el acta.
- Pedir contabilidad, finanzas o contratos laborales.
Y el dato que más se pasa por alto: desde la visita corren cinco días hábiles para presentar los descargos técnicos. Pasado ese plazo, la discusión deja de ser sobre los hechos y pasa a ser sobre la sanción.
Asesoría legal integral · 10 artículos
Estudio legal en Lince, Lima. Excelencia técnica con trato humano, con asesoría integral en quince áreas del derecho. Publica la revista IUS Jurídica y boletines informativos para empresas.