¿Debe ser la prueba positiva de COVID-19 la única forma para acreditar un descanso médico en pandemia?
Sumario: 1. Introducción, 2. El descanso médico por causa de COVID-19, 3. El test de COVID-19 positivo como certificado médico, 4. Primacía de la realidad aplicada a la pandemia, 5. Conclusiones.
1. Introducción
El derecho laboral ha sido impactado drásticamente por la llegada de la pandemia, esto lo conocemos todos, pero a medida que la infección por COVID-19 sigue avanzando con nuevas variantes del coronavirus original, nacen inéditos desafíos en la relación trabajador-empleador.
Uno de los más conocidos radica en como atender estos casos. ¿Basta la declaración de un trabajador para acceder a 15 días de descanso médico? ¿Se requiere una prueba positiva? ¿Cómo se reparten las responsabilidad ante un eventual contagio en el centro de trabajo?
Por un lado, se precisa que la infección causante por el SARS-CoV-2, es una enfermedad infecciosa calificada por la Organización Mundial de la Salud, que genera un riesgo considerable de muerte de no tener los cuidados necesarios, como por ejemplo la asistencia con oxígeno medicinal.
Por otro lado, se sabe que existe dificultad para acceder a las pruebas de descarte, sean las rápidas, antígenas o moleculares. Si sabemos que la vacunación, aún con la tercera dosis, no evita el contagio, y que eventualmente todos podremos contraer el virus. ¿Cómo reportar este hecho?
En el presente artículo intentaré explicar dos cuestiones que me parecen fundamentales en las relaciones laborales. Las obligaciones sanitarias de los empleadores y la buena fe de los trabajadores, para la correcta convivencia en el proceso productivo.
2. El descanso médico por causa de COVID-19
Cuando nos enteramos que somos pacientes positivos por COVID-19, la obligación ciudadana que debemos asumir es el aislamiento. Todo peruano debe buscar un lugar seguro para cumplir con por lo menos 10 días de aislamiento, según última disposición del Ministerio de Salud.
Dicho aislamiento debe ir acompañado de un proceso de acreditación de la enfermedad, que permite el acceso al descanso médico o licencia con goce de haber. Esto no significa vacaciones, cabe resaltar, es una forma como proteger a la persona enferma, y también, a sus compañeros.
Cualquier líder va preferir una docena de trabajadores enfermos, que centenares de infectados, lo cual trae consigo serios riesgos para el objetivo de la empresa y la salud, incluso mental, de los trabajadores y sus familias. Esa carga emocional debería ser estudiada con atención.
En esta etapa surge el descanso médico como solución, pero como comenté en la introducción, existen zonas grises. No basta declarar que tienes los síntomas, se requiere algún tipo de evidencia, y aquí entra la prueba de descarte, que es el único certificado que se admite en la actualidad en la mayoría de empresas.
3. El test de COVID-19 positivo como certificado médico
El test de COVID-19 positivo es el requisito para la empatía, en algunos casos extremos no basta. Esto trae como principal problema, las largas colas en los centros de descarte, el incremento de precios en pruebas en centros de salud privados y la necesidad imperante de tener constancias.
Las pruebas nos ayudan a controlar la pandemia, pero tienen un costo. No existe lugar en el país, donde el sistema de salud público pueda brindar todos los descartes que la ciudadanía requiere, y como es evidente, eso nos acerca al colapso, con subsiguiente aglomeración.
Pese a los esfuerzos científicos, ni las vacunas ni las pruebas son 100% acertadas, y por el margen de error propio de toda obra de la ciencia, debemos admitir que pueden existir falsos negativos, que podrían exponer al peligro a más trabajadores.
En esa lógica, debemos priorizar, considero, la sintomatología frente a las pruebas positivas, que son de difícil acceso y según propias estadísticas del mismo Ministerio de Salud, al menos 1/3 de los que hacen colas desde la madrugada por una prueba, son pacientes positivos.
Si la pandemia continúa con virulencia, es altamente probable que la economía siga afectándose. Así como el dólar impacta en las industrias que dependen de proveedores extranjeros, también lo hace con los comerciantes de Mesa Redonda, por ejemplo. Necesitamos una solución integral.
Habría que hacer el esfuerzo de medir cuanto pierde un empleador enviado a casa a sus trabajadores sospechosos de estar infectados, frente a la crisis económica que se profundizará con la tercera ola. No puedo demostrar que la crisis económica del 2020 sea superior, pero al menos es equiparable.
4. Primacía de la realidad aplicada a la pandemia
No quiero ser ingenuo, es altamente probable que, si un trabajador quiere vacaciones extras, puede simular los síntomas de COVID-19 y pedir su descanso médico. Como hay laboralistas que proponen la sintomatología como constancia médica acreditable, basta mi declaración, pensarán algunos.
Evidentemente es un abuso del sistema, al menos el que propongo, una prueba positiva también puede ser falsificable, es decir, no es que sea la forma efectiva de acreditación, pero al menos depende de un tercero y no solamente del trabajador.
Si la empresa esta en capacidad de asumir el costo de la prueba, como ocurre en algunos casos, fácilmente podríamos regresar al sistema de la prueba positiva como único requisito para solicitar un descanso médico por infección por COVID-19, pero si no es así.
El empleador no debería insistir en esta exigencia y lanzar al atolladero a sus trabajadores, sabiendo de que no le es posible cubrir de forma privada el costo de la prueba, sobre todo si consideramos que en un mes puede haber hasta 2 contagios por trabajador. No solo es contrario al Derecho del Trabajo, es inhumano.
5. Conclusiones
Si buscamos soluciones, encontramos 3 claramente definidas, la primera es exigir al Estado Peruano que brinde la cantidad necesaria de pruebas de descarte, la segunda, es que el costo lo asuma la empresa, y la tercera, que se permita acreditar el descanso médico únicamente con los síntomas de COVID-19.
Sobre la primera alternativa, sabemos de las limitaciones del Estado Peruano, más aún en estos tiempos, así que me ahorraré comentarios al respecto. Sobre los otros dos puntos, es necesario alertar que ya existe regulación contenida en la Ley 31246, que traslada el costo de las pruebas a los empleadores.
Bueno en teoría, pero la realidad es que algunas empresas golpeadas por los meses de aislamiento social obligatorio, les es imposible asumir esos costos que son semanales, incluso diarios. Es por ello importante desarrollar la última alternativa.
Para esto fijo algunos criterios, la sintomatología debe ser acreditada por un médico ocupacional o del seguro médico, los cuales deberían ser revalidados para confirmar que se trata de una infección por coronavirus y no por gripe común, por ejemplo.
Si hay un diferenciador entre la gripe y el coronavirus, es el tiempo de duración, el coronavirus dura hasta 3 veces más en sus formas leves, sin contar los casos moderados o graves, que son de evidente observación y no merece mayor detalle.
Que ocurre en un caso práctico, pues un trabajador presenta síntomas, la empresa no asume los gastos, su familia tampoco puede asumirlos, comunica a su área de Recursos Humanos de su estado para que un médico lo evalúe, de certificarse la sintomatología propia del COVID-19, se inicia el periodo de aislamiento.
De ser un caso de gripe común, en la segunda evaluación que podría ser en una semana, se acreditaría su estado de recuperación y los días no laborados deberían ser compensados, al menos los no acreditables para gripe, que tengo entendido son usualmente 3 días.
Es decir, si estuvo 7 días ausente, al menos 3 se reconocerían como descanso médico y los 4 restantes deberían estar sujetos a recuperarlo gradualmente, eso en caso de ser un caso negativo o de simulación de la sintomatología, y por ende, no tener riesgos para la salud de los trabajadores. En en supuesto de que eventualmente en el transcurso de la semana pueda acceder a una prueba.
¿Qué sucedería si se trata de un caso positivo? Evidentemente no tener una prueba positiva retrasa su tratamiento oportuno y expone al peligro a ese trabajador, pero es una situación menos dolosa que acudir al trabajo en ese estado e infectar a más trabajadores, como es obvio. Hechos que vienen ocurriendo en la actualidad por la obligatoriedad de la prueba positiva.
Así como, despejar de su mente esa preocupación de perder el empleo por un abandono del puesto de trabajo, es una forma de colaborar. Siempre se va preferir que todos los trabajadores tengan la oportunidad de realizarse las pruebas que requieran, pero eso ocurre en un mundo ideal, no en el Perú.
Debemos desarrollar normas para nuestra realidad, de alta informalidad, de colapso permanente del sistema sanitario, de desabastecimiento de pruebas de descarte COVID-19 incluso para el sector privado, para atender de la mejor forma estas situaciones.
Recordar que de no tratar correctamente estos asuntos, seguiremos al alza de contagios, endureciendo medidas sanitarias, sin permitir reactivar sectores de la economía que se encuentran ralentizados desde inicios de 2020. Tomen este aporte como una idea que busca resolver un problema, estoy convencido que habrán trabajos más minuciosos, incluso de mi parte.