ANALISIS DE CALIDAD REGULATORIA (Parte 1)
El Decreto Legislativo N° 1310 (de fines del 2016) estableció -entre otras disposiciones- la implementación del denominado “Análisis de Calidad Regulatoria” (ACR).
El ACR constituye un paso adicional en los esfuerzos del Estado Peruano por mejorar los procedimientos administrativos -que en mi opinión- comenzaron con las normas sobre simplificación administrativa y textos únicos de procedimientos administrativos.
De acuerdo al Decreto Legislativo N° 1310, el ACR se aplica a las entidades del Poder Ejecutivo. Su objeto es la revisión de todas las normas de nivel reglamentario (nivel secundario) o inferior que establezcan o regulen procedimientos administrativos. Este ACR se aplica a las normas reglamentarias vigentes y a aquellas que se propongan a futuro.
La finalidad del ACR es verificar si dichas disposiciones reglamentarias se adecúan a la Ley del Procedimiento Administrativo General o las leyes (o normas de dicho rango) que les sirven de sustento. En ese sentido, la primera finalidad del ACR es cautelar que las normas reglamentarias cumplan con el principio de legalidad.
Además de ello, el ACR tiene por objetivo evaluar -en dichas disposiciones sobre procedimientos- los principios de Necesidad, Efectividad y Proporcionalidad.
El principio de Necesidad implica evaluar la causalidad o vinculación existente entre el procedimiento administrativo bajo análisis y el objetivo de regulación planteado en las normas legales. Esto implica preguntar cuál es el objetivo de la regulación, qué problema se quiere resolver y, si el procedimiento administrativo realmente contribuye a solucionar dicho problema. En este punto, cabe preguntarse sobre lo que sucedería en la sociedad, si el procedimiento administrativo es eliminado. También se debe evaluar si existen otras alternativas para alcanzar el mismo objetivo.
El principio de Efectividad lleva a analizar si los requisitos y requerimientos establecidos en el procedimiento administrativo realmente son necesarios para alcanzar su objetivo (si añaden valor en el procedimiento). En este contexto, si existen requisitos o requerimientos que no añaden valor, porque no contribuyen al objetivo, los mismos deben ser eliminados.
El principio de Proporcionalidad también analiza los requisitos y requerimientos establecidos en el procedimiento administrativo, pero una dimensión externa, es decir; en su impacto en los ciudadanos. Este principio conlleva a analizar los costos que los requisitos y requerimientos del procedimiento administrativo le generan al ciudadano (el administrado). La finalidad es identificar otros requisitos y requerimientos que sean igualmente idóneos o eficaces para los fines del procedimiento, pero que generen menores costos o cargas en el ciudadano (administrado).
Fuente:
*El artículo fue publicado originalmente en el Blog de Juan José Martínez
Fecha: 6 de septiembre de 2018
Enlace: http://juanmartinezortiz.blogspot.com/2018/09/analisis-de-calidad-regulatoria-parte-1.html