Actualidad Normativa: Modifican el anexo N° 9 del capítulo V del Manual de contabilidad para empresas del Sistema Financiero

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30 Jul | 2021

Autor: Fabian Osiris Flores Cornejo 

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones: Que, ha considerado conveniente modificar el Anexo N° 9 “Resultados de Modelos de Medición del riesgo de Mercado” del capítulo V “información complementaria” del Manual de contabilidad e incorporar precisiones en las notas metodológicas de dicho anexo;

Se modifica el Anexo N° 9 “Resultados de Modelos de Medición del riesgo de Mercado” del capítulo V “información complementaria” del Manual de contabilidad, respecto a:

  1. Eliminar la Sección c) “resumen por tipo de posición: Var – Svar” y sus notas metodológicas.
  2. reemplazar el anexo n° 9 de acuerdo con el formato del anexo a que se adjunta a la presente resolución y que se publica en el Portal institucional (www.sbs.gob.pe), según lo dispuesto en el Decreto Supremo n° 001-2009- JUS.
  3. Sustituir el segundo y tercer párrafo de las notas metodológicas del anexo n° 9.
  4. Sustituir las notas metodológicas de la Sección D) “resumen: Valor en riesgo condicional (cVar) – Valor en riesgo condicional Estresado (ScVar)”.

Los requerimientos de información establecidos en los literales a y b, aplican a las empresas bancarias, a los bancos de inversión, al Banco de la nación, al Banco agropecuario (Agrobanco), a la corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE), y al Fondo Mivienda, y otras que la Superintendencia determine, en función a su nivel de exposición al riesgo de mercado.

La presente resolución entrará en vigencia el 1 de septiembre de 2018.

GDC UNFV


Grupo de Estudios de Derecho Corporativo conformado por estudiantes y profesionales de las carreras de Derecho, Administración, Economía y Finanzas de distintas universidades del país.

Autorizan difusión de proyecto de norma que modifica el numeral 10 del artículo 11 de las Normas Aplicables a la Negociación Fuera de Rueda de Valores Inscritos en Bolsa, en el Portal del Mercado de Valores Res SMV Nº 020-2018- SMV/01

La SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores; Que, los artículos 114°  y 123°  de  la Ley  del  Mercado de  Valores  establecen que  los  valores inscritos  en  la rueda  de  bolsa pueden transferirse dentro o fuera de dicho mecanismo centralizado de negociación, pero siempre con la intervención de una sociedad agente de bolsa, la misma que debe certificar la transacción y liquidación oportuna de la transferencia; Que, el artículo 11 de las Normas Aplicables a la Negociación Fuera de Rueda de Valores Inscritos en Bolsa, aprobadas mediante Resolución CONASEV N° 027-95-EF/94.10.0, establece los casos en que procede el cambio de titularidad de valores inscritos en rueda de bolsa, cuando por su naturaleza no resulte necesaria la intervención de una sociedad agente de bolsa en la respectiva transferencia, considerando en el numeral 10 al mandato legal y a la orden judicial; Que, el ordenamiento jurídico peruano vigente contempla a la vía arbitral como un medio alternativo a la vía judicial para la solución de controversias, siendo el laudo, de acuerdo con el artículo 59° del Decreto Legislativo que norma el arbitraje, Decreto Legislativo N° 1071, definitivo, inapelable, de obligatorio cumplimiento desde su notificación a las partes  y produce  efectos  de cosa  juzgada;  Que, en  ese  sentido, debido  a  lo indicado  previamente,  se pueden presentar solicitudes de cambio de titularidad de valores inscritos en rueda de bolsa sin la intervención de una sociedad agente de bolsa fundamentadas en laudos, por lo que resulta necesario efectuar los cambios normativos correspondientes.

Artículo originalmente publicado el 25/06/2018 en el Boletín N° 7 del Grupo de Derecho Corporativo de la Universidad Nacional Federico Villareal.

GDC UNFV


Grupo de Estudios de Derecho Corporativo conformado por estudiantes y profesionales de las carreras de Derecho, Administración, Economía y Finanzas de distintas universidades del país.